HEREDEROS MENORES DE EDAD, LEGITIMACION EXCLUSIVA DE LOS, PARA EJERCITAR UNA ACCION DE NULIDAD DE ESCRITURAS DE BIENES SUCESORIOS, EN CASO DE CONDICION HABILITANTE.
Ninguna persona ajena a un juicio sucesorio está legitimada para demandar la nulidad de una escritura de compraventa en que los herederos enajenaron un inmueble cuyo título de propiedad se derivó de la aplicación que en forma convencional y ante notario, se hicieron de los bienes sucesorios, si entre los herederos había un menor de edad y no se cumplieron en los acuerdos respectivos las formalidades establecidas por las disposiciones relativas tanto del Código Civil como del de Procedimientos Civiles correspondientes; porque estando establecida esta acción, por tratarse de una condición habilitante, a favor del menor incapaz, es claro que sólo él y nadie más que él, puede intentarla, bien por mediación de su legítimo representante, o bien por sí y dentro del término al respecto señalado por la ley, llegada su mayor edad.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/339002-89e05515/herederos-menores-de-edad-legitimacion-exclusiva-de-los · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Jurisprudencia relacionada
- COMPRAVENTA DE BIENES PERTENECIENTES A MENORES, NULIDAD DE LA.- (84)
- COMPRAVENTA DE BIENES PERTENECIENTES A MENORES, NULIDAD DE LA. (s/clave)
- HERENCIA, IMPROCEDENCIA DE LA ACCION DE PETICION DE. (s/clave)
- DERECHOS HEREDITARIOS. NULIDAD DE LA CESION DE. A QUIENES BENEFICIA. (s/clave)
- CESION DE DERECHOS HEREDITARIOS, FALTA DE INTERES JURIDICO PARA PEDIR SU NULIDAD. (s/clave)
- HEREDEROS TESTAMENTARIOS. LEGITIMACIÓN PARA EXIGIR EN JUICIO LA INVALIDEZ DE LOS ACTOS REALIZADOS POR EL ALBACEA CUANDO NO EXISTE ACUERDO DE ELLOS. (II.2o.C.T.25 C)
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis