ACCION REIVINDICATORIA. NO ES PRESCRIPTIBLE.
La acción reivindicatoria no es prescriptible, pues la propiedad no se pierde por el solo transcurso del tiempo, sino por la usucapión, la expropiación u otra causa legal que transmite la cosa a favor de otro, con los requisitos y en los términos señalados por la ley.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/339728-ed776b1a/accion-reivindicatoria-no-es-prescriptible · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo directo 2801/55. J. Refugio Conejo sucesión. 17 de noviembre de 1955. Mayoría de cuatro votos. Disidente: Gilberto Valenzuela. Ponente: Hilario Medina.
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