Corpus
Modo: Corpus Pro

ACCION NO PROBADA. RECURSO DE APELACION (LEGISLACION DEL ESTADO DE VERACRUZ).

Clave: — · Registro digital (IUS): 339744 · Tipo: Tesis aislada
Época: 5a. Época · Instancia: Tercera Sala · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXVI; Pág. 545

Aunque es verdad que el artículo 228 del Código de Procedimientos Civiles del Estado de Veracruz, establece que el actor debe probar los hechos constitutivos de su acción, es claro que si el Juez tuvo por probada la acción, sin que lo estuviera en realidad, era obligación de los demandados reclamar esa violación en la apelación, so pena de consentirla para todos los efectos legales.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/339744-9d85a52c/accion-no-probada-recurso-de-apelacion-legislacion-del · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo directo 4034/53. Celestino Peña Amador y coags. 24 de noviembre de 1955. Mayoría de tres votos. Disidentes: Hilario Medina y Gabriel García Rojas. Ponente: Gilberto Valenzuela. Nota: Esta tesis también aparece en el Apéndice al Semanario Judicial de la Federación 1917-1985, Cuarta Parte, página 13, como tesis relacionada con la jurisprudencia 3.

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