Corpus
Modo: Corpus Pro

COMPRAVENTA MEDIANTE LA COMISION DE UN DELITO, NULIDAD EN CASO DE. TERCEROS ADQUIRENTES (LEGISLACION DE NUEVO LEON).

Clave: — · Registro digital (IUS): 340326 · Tipo: Tesis aislada
Época: 5a. Época · Instancia: Tercera Sala · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXIII; Pág. 1413

Si en el contrato mediante el cual una persona adquirió un bien, se falsificó la firma del vendedor, es indudable que si lo vende será nulo el título por el cual adquiera su causahabiente, ya que el delito de falsificación debe tener repercusión frente al posterior adquirente, quien no puede ostentarse como tercero de buena fe, atenta la excepción que al respecto establece el artículo 2899 del Código Civil del Estado, al determinar que el respeto a los terceros no incluye los casos en que concurran actos o contratos que se otorgaron violando una ley prohibitiva o de interés público, caso en el cual la fe del Registro no convalida el título que deriva de un acto ejecutado en las circunstancias enunciadas.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/340326-2ced4336/compraventa-mediante-la-comision-de-un-delito-nulidad · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo civil directo 2934/54. García Reynaldo, Sucn. de. 7 de marzo de 1955. Mayoría de tres votos. Ponente: Mariano Ramírez Vázquez.

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