REIVINDICACION, DECLINACION DEL JUICIO DE.
Cuando se demanda al tenedor de la cosa y éste denuncia al poseedor que sea a título de dueño y no ataca los títulos y derechos del reivindicante, se integra a su favor la declinación del litigio, con la consecuencia de llamar a juicio al poseedor jurídico denunciado. Ahora bien, habiendo demostrado una persona que es dependiente de otra en un negocio y presentado el documento en donde aparece que aquél de quien es dependiente es un subinquilino, no procede contra la primera la acción reivindicatoria sobre el bien arrendado, porque se burlaría el principio aludido, y porque aunque la ley dice que el simple tenedor puede ser demandado en reivindicación, puede declinar la responsabilidad del juicio designando al poseedor.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/340370-9684f451/reivindicacion-declinacion-del-juicio-de · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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