ACCION, ESTUDIO DE OFICIO DE SU IMPROCEDENCIA.
La improcedencia de la acción por falta de uno de sus requisitos esenciales, puede ser estimada por el juzgador, aun de oficio, por ser de orden público el cumplimiento de las condiciones requeridas para la procedencia de dicha acción.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/340682-a96c1912/accion-estudio-de-oficio-de-su-improcedencia · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo civil directo 1944/54. Lozano Salvador. 2 de agosto de 1954. Unanimidad de cinco votos. Ponente: Gabriel García Rojas.
Nota: Esta tesis integra la jurisprudencia 3, Tercera Sala, Cuarta Parte del Apéndice 1917-1985, página 11.
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