TESTAMENTO, REVOCACION DE.
Es un principio jurídico, generalmente reconocido y que especialmente informa nuestra legislación civil, el que proclama que el testamento es un acto esencialmente revocable hasta el último momento de la vida del testador. La doctrina distingue entre la revocación expresa, tácita y legal; en la primera el testador declara explícita y solemnemente su deseo de privar de eficacia en todo o en parte a sus anteriores disposiciones; la segunda puede consistir en que el autor formule un nuevo testamento en el que no inserte la declaración de revocar el anterior, pero cuyas disposiciones sean contrarias e incompatibles; la última es obra del legislador quien, en determinadas circunstancias, asume el oficio de intérprete de la presumible voluntad del testador de revocar su testamento.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/340715-f69f1d00/testamento-revocacion-de · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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