TESTAMENTOS, REVOCACION DE (LEGISLACION DE TAMAULIPAS).
Como ni en el artículo 1644 ni en otro alguno del Código Civil, se establecen limitaciones de especie alguna, en cuanto, a la época y forma en que puede llevarse a cabo la revocación de una disposición testamentaria, resulta absolutamente claro que ésta puede efectuarse en cualquier momento y en la forma y término que mejor le parezcan al interesado, y no precisamente por otro testamento posterior que, en todo caso es una forma de revocación, pero no la única.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/385952-29182db6/testamentos-revocacion-de-legislacion-de-tamaulipas · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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