COMPRAVENTA, PRUEBA DE LA ( LEGISLACION DE GUANAJUATO).
Si bien es cierto que el Código Civil del Estado de Guanajuato exige que el contrato de compraventa de un inmueble se haga constar en escritura pública, y que dicha exigencia corresponde al propósito de asegurar eficazmente el comercio jurídico sobre inmuebles, nada impide que cuando se trata de acreditar entre los contratantes el solo hecho de que la compraventa se realizó, el mismo pueda demostrarse a través de los elementos de prueba que la ley autorizada, distintos de una escritura pública.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/340782-177200dd/compraventa-prueba-de-la-legislacion-de-guanajuato · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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