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CAPITULACIONES MATRIMONIALES ( LEGISLACION DEL ESTADO DE MEXICO).

Clave: — · Registro digital (IUS): 341205 · Tipo: Tesis aislada
Época: 5a. Época · Instancia: Tercera Sala · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CXIX; Pág. 941

La sola manifestación hecha en la solicitud de matrimonio respectiva, de que no existen bienes entre los cónyuges, y que contraen matrimonio bajo el régimen de sociedad conyugal, sujetándose los que hubiera a ese mismo régimen, no puede constituir propiamente las capitulaciones matrimoniales a que se refiere el artículo 189 del código civil, y por tanto, no existiendo, cada uno de los cónyuges, carece de derecho alguno sobre los bienes del otro, aun cuando hayan sido adquiridos durante la vigencia del matrimonio, si lo fueron a nombre propio del adquirente, y no pueden entrar a formar parte del acervo social, por la falta de capitulaciones, mismas que deben otorgarse en escritura publica en caso de aportación de inmuebles, para cuya traslación sea indispensable este requisito, a mas de que siempre deben inscribirse dichas capitulaciones en el registro público de la propiedad.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/341205-0d1a40e8/capitulaciones-matrimoniales-legislacion-del-estado-de-mexico · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo civil directo 4520/53. Salgado de Ceballos Bertha Y Coags. 11 de febrero de 1954. Mayoría de cuatro votos. Disidente: Gabriel García Rojas. Relator: Rafael Rojina Villegas. Véanse: Semanario Judicial de la Federación, Quinta Epoca: Tomo CVIII, página 1764, tesis de rubro "CAPITULACIONES MATRIMONIALES, INSCRIPCION DE, EN EL REGISTRO PUBLICO.". Apéndice al Semanario Judicial de la Federación 1917-1985, Cuarta Parte, Tercera Sala, página 789, tesis 280, de rubro "SOCIEDAD CONYUGAL, NECESARIA INSCRIPCION EN EL REGISTRO DE LA PROPIEDAD DE LOS BIENES INMUEBLES A NOMBRE DE LA, PARA QUE SURTA EFECTOS CONTRA TERCERO.".

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