POSESION DE ESTADO.
La posesión de estado de hijo nacido de matrimonio es un derecho e incluso un hecho que no puede desconocerse y perderse, sino mediante sentencia que cause ejecutoria. Por tanto, acreditado que una persona acredita tal posesión, no puede privársele de plano de ella en un juicio diverso, fundándose en que el interesado no ha acreditado la no existencia de las actas de nacimientos respectivas.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/341262-c1c3de74/posesion-de-estado · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo civil directo 3539/52. Elizalde Arrieta Eulalia Prisciliana y coags. 26 de febrero de 1954. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Vicente Santos Guajardo. Ponente: Gabriel García Rojas.
Jurisprudencia relacionada
- POSESION DE ESTADO. (s/clave)
- HIJOS LEGITIMOS, POSESION DE ESTADO DE LOS. (s/clave)
- POSESION DE ESTADO. (s/clave)
- POSESION DE ESTADO (FILIACION DE LOS HIJOS LEGITIMOS). (s/clave)
- POSESION DE ESTADO DE HIJO LEGITIMO, PRUEBA DE LA. (s/clave)
- RECONOCIMIENTO DE HIJOS NACIDOS FUERA DE MATRIMONIO. POSESION DE ESTADO. (s/clave)
¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis