PRECLUSION.
En materia judicial la preclusión se realiza cuando después de efectuados determinados actos o de expirados ciertos términos en el juicio, las partes pierden el derecho de ejecutar otros actos, por haber pasado la oportunidad legal.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/341770-6c1be423/preclusion · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo civil directo 6642/51. Petrides Nicolás. 27 de abril de 1953. Mayoría de cuatro votos. Disidente: Gabriel García Rojas. Relator: Roque Estrada.
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