COSTAS, CONDENACION A SU PAGO.
Si el tribunal responsable, en aclaración de sentencia, confirmó los puntos resolutivos del fallo de primer grado, con excepción del relativo a costas, debe estimarse que se está en presencia de dos sentencias conformes de toda conformidad, en su parte resolutiva, motivo por el cual procede la condenación al pago de las costas de ambas instancias, de acuerdo con la fracción IV del artículo 140 del Código de Procedimientos Civiles para el Distrito y Territorios Federales. No obsta a lo anterior, el hecho de que el apelante únicamente hubiera expresado agravios contra la sentencia de primera instancia en la parte referente a la condena en costas, ya que desde que fue interpuesto el recurso, debió contraerse a ese punto y no extenderse a toda la sentencia, y al abrirse la segunda instancia se puso en movimiento la actividad jurisdiccional para conocer del recurso, cuya finalidad es la de que el tribunal de alzada confirme, revoque o modifique la sentencia del inferior. Además, quien apela debe meditar las consecuencias de su apelación y cuidar de impugnar únicamente los puntos que le causen agravio, dado que en la segunda instancia sólo se resolverá en relación con esos puntos, sin que pueda ampliarse ni limitarse el conocimiento de los mismos.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/342129-26a1cb58/costas-condenacion-a-su-pago · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Jurisprudencia relacionada
- COSTAS. NO PROCEDE LA CONDENA POR ESE CONCEPTO EN TÉRMINOS DE LA FRACCIÓN IV DEL ARTÍCULO 140 DEL CÓDIGO DE PROCEDIMIENTOS CIVILES PARA EL DISTRITO FEDERAL, CUANDO LA MATERIA DE LA (I.4o.C.104 C)
- COSTAS. PROCEDE SU CONDENA EN SEGUNDA INSTANCIA, NO OBSTANTE QUE SE MODIFIQUE LA SENTENCIA PRIMIGENIA EN LA APELACIÓN, SI ELLO OCURRE SÓLO EN CUESTIONES DE FORMA Y NO DE FONDO, YA (I.6o.C.273 C )
- COSTAS, CONDENACION EN. (s/clave)
- COSTAS, CONDENA EN. PROCEDE CUANDO EL DEMANDADO APELANTE OBTIENE PARCIALMENTE EN PRIMERA INSTANCIA Y SE CONFIRMA EN LA SEGUNDA LA SENTENCIA (LEGISLACIÓN DEL DISTRITO FEDERAL). (1a./J. 28/2003 )
- COSTAS, CONDENA EN. PROCEDE CUANDO EL DEMANDADO APELANTE OBTIENE PARCIALMENTE EN PRIMERA INSTANCIA Y SE CONFIRMA EN LA SEGUNDA LA SENTENCIA (LEGISLACIÓN DEL DISTRITO FEDERAL). (288)
- COSTAS, CONDENA EN, EN CASO DE APELACION POR AMBAS PARTES. (s/clave)
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis