COPIAS PARA EL AMPARO DIRECTO.
Si aunque no consta de autos que el quejoso haya solicitado copia certificada de la sentencia reclamada, la autoridad responsable remitió dicha copia al rendir su informe justificado, y con ella se comprueba la existencia del acto que se reclama, debe entrarse al estudio del fondo del asunto.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/343472-64bc3cd2/copias-para-el-amparo-directo · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Tomo CV, página 2999. Indice Alfabético. Amparo directo 7875/49. Sánchez Cruces Pedro. 16 de agosto de 1950. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Roque Estrada. Ponente: Hilario Medina.
Tomo CV, página 2999. Indice Alfabético. Amparo directo 9167/48. Gallardo Loeza José. 9 de agosto de 1950. Mayoría de cuatro votos. Disidente: Roque Estrada. Ponente: Agustín Mercado Alarcón.
Tomo CV, página 138. Amparo civil directo 8682/49. Carreto de Ríos Otilia. 5 de julio de 1950. Mayoría de cuatro votos. Disidente: Roque Estrada. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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