COPIAS PARA EL AMPARO DIRECTO.
Aunque no conste de autos que el quejoso haya solicitado copia certificada de la sentencia reclamada, si la autoridad responsable remitió dicha copia, con la que se comprueba la existencia del acto que se reclama, debe entrarse al estudio del fondo del asunto.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/344751-dbc12903/copias-para-el-amparo-directo · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Tomo C, página 2028. Indice Alfabético. Amparo directo 9371/48. Tirado de Díaz Esperanza. 27 de abril de 1949. Mayoría de tres votos. Disidentes: Roque Estrada y Vicente Santos Guajardo. Relator: Hilario Medina.
Tomo C, página 467. Amparo civil directo 5547/47. Arellano viuda de Castro Hortensia. 25 de abril de 1949. Mayoría de tres votos. Ausente: Carlos I. Meléndez. Disidente: Roque Estrada. Relator: Hilario Medina.
Tomo C, página 472. Amparo civil directo 2691/44. Herrera de Parache Esperanza. 25 de abril de 1949. Mayoría de tres votos. Ausente: Carlos I. Meléndez. Disidente: Roque Estrada. Relator: Hilario Medina.
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