PRUEBA TESTIMONIAL EN EL AMPARO, OFRECIMIENTO DE LA.
Si el ofrecimiento de la prueba testimonial en el amparo no fue hecho dentro del término legal de cinco días anteriores al señalado para la verificación de la audiencia, y el inferior la desechó, en virtud de un auto que causó estado, por no haber sido recurrido, resulta indudable que el quejoso carece de derecho para proponerla de nuevo, a continuación del diferimiento de la audiencia, porque esta circunstancia no implica, para el solicitante del amparo, el resurgimiento de un derecho cuya preclusión fincó una situación jurídica dentro del procedimiento, que no podía ser modificada por el inferior, quien al desechar dicha prueba, ajustó sus procedimientos a los términos de la ley.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/343866-fd8f6786/prueba-testimonial-en-el-amparo-ofrecimiento-de-la · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Jurisprudencia relacionada
- PRUEBA TESTIMONIAL EN EL AMPARO, OFRECIMIENTO DE LA. (s/clave)
- PRUEBA TESTIMONIAL EN EL AMPARO, OFRECIMIENTO DE LA. (s/clave)
- TESTIGOS EN EL AMPARO, OFRECIMIENTO DE LA PRUEBA DE. (s/clave)
- PRUEBA TESTIMONIAL EN EL AMPARO. (s/clave)
- PRUEBA TESTIMONIAL EN EL AMPARO, SU OFRECIMIENTO. (s/clave)
- PRUEBAS TESTIMONIAL Y PERICIAL EN EL AMPARO, CUANDO SE DIFIERE LA AUDIENCIA. (s/clave)
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis