SUSPENSION EN EL AMPARO DIRECTO, ALCANCE DE LA.
Si el quejoso reputa un absurdo que la autoridad responsable haya extendido la suspensión a determinado acto, está en su mano manifestarlo así a dicha autoridad, para el efecto de que ésta no lo tenga por suspendido y reduzca el importe de la garantías que deba otorgar el promovente.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/344778-53713d25/suspension-en-el-amparo-directo-alcance-de-la · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Queja en amparo civil 30/49. Huerta Maximino. 7 de mayo de 1949. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Luis Chico Goerne. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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