SIMULACION, NO PUEDE PROBARSE CON LA CONFESION DE UNA DE LAS PARTES.
Carece de validez la confesión de una de las partes en un contrato sinalagmático, en el sentido de que no quiso obligarse en la forma y términos en que lo hizo, sino únicamente simular el acto, pues de otro modo tendría que admitirse que todo contrato puede ser atacado de simulación por la sola manifestación de una de las partes, eludiendo así el cumplimiento de la obligación que contrajo, lo que es inaceptable, ya que la validez y el cumplimiento de los contratos no puede dejarse al arbitrio de una de las partes.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/344783-f58367a2/simulacion-no-puede-probarse-con-la-confesion-de · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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