OFRECIMIENTO DE PAGO (LEGISLACION DE MICHOACAN).
No basta probar que el comprador ofreció al vendedor la cantidad de dinero que debía cubrir, como parte insoluta del precio, y que el último se negó a recibirla, para que se tenga por cumplida la obligación del primero, sino que para esto se necesitaría que al ofrecimiento hubiera seguido la consignación hecha en la forma y términos estatuidos por los artículos 1953, 1954 y 1956 del Código Civil del Estado de Michoacán, en relación con los artículos 358 a 365 del Código de Procedimientos Civiles de la misma entidad.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/344840-c2f44e75/ofrecimiento-de-pago-legislacion-de-michoacan · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Jurisprudencia relacionada
- OFRECIMIENTO Y CONSIGNACION EN PAGO (LEGISLACION DE MICHOACAN). (s/clave)
- OFRECIMIENTO DE PAGO. (s/clave)
- CONSIGNACION EN PAGO (LEGISLACION DE MICHOACAN). (s/clave)
- COMPRAVENTA. EL PAGO DEL PRECIO POR EL COMPRADOR ES CONDICION NECESARIA PARA LA PROCEDENCIA DE LA ACCION SOBRE CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO DE. (LEGISLACION DEL ESTADO DE MICHOACAN). (XI.2o.195 C)
- COMPRAVENTA, ACCIONES DEL VENDEDOR EN LA. (LEGISLACION DEL ESTADO DE MICHOACAN). (XI.1o.134 C)
- OFRECIMIENTO DE PAGO, DEBE COMPLEMENTARSE CON LA CONSIGNACION DEL BIEN DEBIDO, PARA QUE PRODUZCA LOS EFECTOS DEL PAGO Y EXTINGA LA DEUDA. (LEGISLACION DEL ESTADO DE PUEBLA). (s/clave)
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis