SOCIEDAD LEGAL, EFECTOS DE LA.
Cuando existe la sociedad legal, a falta de capitulaciones matrimoniales expresas, dicha sociedad es consecuencia legal de un acto de estado civil y, por lo mismo, causa efectos erga omnes.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/345067-41b18743/sociedad-legal-efectos-de-la · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo civil directo 2541/48. Mejía Antonio D. 28 de febrero de 1949. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Hilario Medina. Ponente: Vicente Santos Guajardo.
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