DIVORCIO, DESISTIMIENTO DE LA DEMANDA DE, POR CAUSA DE INJURIAS.
El desistimiento de la primera demanda de divorcio no puede tener como resultado la pérdida del derecho de demandarlo, por la repetición de los hechos injuriosos, aun cuando la actora se haya desistido después de conocer las nuevas injurias, si éstas fueron posteriores a la primera demanda; y la circunstancia de que ese desistimiento significara el perdón de las primeras injurias no quiere decir que se hubiera perdonado las nuevas.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/345317-786160a2/divorcio-desistimiento-de-la-demanda-de-por-causa · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo civil directo 1096/48. Cano Aníbal C. 27 de octubre de 1948. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Roque Estrada. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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