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Modo: Corpus Pro

APELACION, RECURSO CONTRA LA RESOLUCION QUE LA DECLARA BIEN ADMITIDA (LEGISLACION DE VERACRUZ).

Clave: — · Registro digital (IUS): 345652 · Tipo: Tesis aislada
Época: 5a. Época · Instancia: Tercera Sala · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XCVII; Pág. 2063

La resolución del tribunal de alzada que confirma la calificación del grado hecho por el inferior y declara bien admitida la apelación, puede combatirse mediante el recurso de reposición que establece en su segundo apartado, el artículo 508 del Código de Procedimientos Civiles del Estado de Veracruz, pues este precepto no hace distingos al disponer que de los decretos de autos del tribunal de segunda instancia, puede pedirse reposición; por lo que el amparo interpuesto contra aquella resolución; sin agotar previamente el recurso de que se trata, debe estimarse improcedente, de conformidad con la fracción XIII del artículo 73 de la Ley de Amparo.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/345652-0d32958c/apelacion-recurso-contra-la-resolucion-que-la-declara · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo civil. Revisión del auto que desechó la demanda 5022/48. Tostado de López Irene. 8 de septiembre de 1948. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.

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