DEPOSITARIO, ACCIONES DEL, PARA COBRAR LAS RENTAS DE LA FINCA EMBARGADA.
En tanto esté subsistente el embargo trabado sobre una casa, es al depositario a quien corresponde deducir las acciones que tenga por objeto hacer efectivas las rentas que aquélla produzca, y no al propietario de la misma.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/345778-e09cbdf6/depositario-acciones-del-para-cobrar-las-rentas-de · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo civil directo 6403/43. Cuellar de Vázquez Puga Josefina. 15 de abril de 1948. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Vicente Santos Guajardo. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Jurisprudencia relacionada
- CUENTAS, RENDICION DE. (s/clave)
- ARRENDAMIENTO, DERECHOS DEL DEPOSITARIO, EN CASO DE EMBARGO RESPECTO DE AQUEL. (s/clave)
- EMBARGO DE INMUEBLES. (s/clave)
- DEPOSITARIOS, CONTRATOS DE TRABAJO CELEBRADOS POR LOS. (s/clave)
- RENTAS, EMBARGO DE LAS. (s/clave)
- EMBARGO DE FINCAS URBANAS Y SUS RENTAS. (s/clave)
¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis