NOTIFICACIONES.
Deben asentarse, como actuaciones que son, unas a continuación de las otras y no al margen de las anteriormente hechas.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/346789-a56948cd/notificaciones · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo civil en revisión 4331/46. Rodríguez de Jiménez Antonia. 22 de septiembre de 1947. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Carlos I. Meléndez. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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