ABANDONO DEL DOMICILIO CONYUGAL.
La negativa de la esposa para cumplir con la obligación de vivir al lado de su marido, implica el abandono o separación de la casa conyugal, sin causa justificada; y no se opone a esta estimación, el hecho de que aquella no hubiere salido del domicilio abandonándolo materialmente, porque también significa abandono la simple separación, que implica incumplimiento de la obligación que tiene la mujer de vivir en el domicilio conyugal; pero para que la indicada causal de divorcio se justifique, es necesario que el marido demuestre que invitó a su esposa a que lo siguiera al nuevo domicilio.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/348657-930ade4d/abandono-del-domicilio-conyugal · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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