DOMICILIO CONYUGAL, ABANDONO DEL.
Es cierto que el hecho de que la esposa viva en lugar distinto del marido, no implica por sí abandono del domicilio conyugal, pero siendo el deber de ésta vivir al lado de aquél, si el marido afirma que la esposa se separó de su lado, sin su consentimiento, como esta separación indica abandono, toca a la mujer probar que contó con la autorización necesaria para vivir en lugar distinto, y si no lo hace, la conclusión obligada es tener por cierta la causal de abandono, para obtener el divorcio.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/355668-09cc8cda/domicilio-conyugal-abandono-del · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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