Corpus
Modo: Corpus Pro

DIVORCIO, COMPETENCIA EN AMPARO, TRATANDOSE DE JUICIOS DE.

Clave: — · Registro digital (IUS): 348981 · Tipo: Tesis aislada
Época: 5a. Época · Instancia: Tercera Sala · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXIV; Pág. 2214

Si la quejosa está domiciliada en la Ciudad de México, y en el amparo reclama la notificación del auto que dio entrada a la demanda inicial del juicio de divorcio seguido en su contra, ante un Juez del Estado de Morelos, así como la sentencia dictada en el propio juicio, esto es bastante para estimar competente para conocer del juicio de garantías, al Juez de Distrito, en materia civil, en el Distrito Federal, ante quien promovió su demanda; máxime si el tercer perjudicado, se sometió a la jurisdicción del mencionado Juez, alegando y ofreciendo pruebas, lo que trae como consecuencia que deba considerarse que no existe materia para ocuparse de la causa de incompetencia que en la revisión aduzca dicho tercero.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/348981-98efe4a4/divorcio-competencia-en-amparo-tratandose-de-juicios-de · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo civil en revisión 4439/44. Jimeno de Carmona Fulvia. 12 de junio de 1945. Mayoría de cuatro votos. Disidente: Hilario Medina. Ponente: Emilio Pardo Aspe.

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