FALLECIMIENTO DEL QUEJOSO.
No es procedente sobreseer en el juicio de garantías por fallecimiento del quejoso, si por controvertirse en el juicio que motivo el amparo, derechos patrimoniales, las garantías reclamadas no afectan solamente a la persona del agraviado, sino también a sus causahabientes o sucesores.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/350321-0d8a413f/fallecimiento-del-quejoso · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo civil en revisión 10452/42. Castillo González Eugenio. 26 de junio de 1944. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Emilio Pardo Aspe. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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