DOCUMENTOS PRIVADOS.
Los documentos privados solamente pueden tener valor probatorio, siempre y cuando sean objeto de ratificación, ante la autoridad judicial.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/350571-fadfffe7/documentos-privados · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 4826/43. López Gil y coagraviado. 1o. de octubre de 1943. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Gabino Fraga. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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