PRUEBAS EN EL AMPARO.
La negativa del Juez a recibirlas, debe reclamarse por medio de la queja y no por medio de la revisión que sólo procede para reparar los agravios cometidos por el Juez de Distrito, al dictar la resolución en que estudió la constitucionalidad de los actos reclamados.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/352202-3d55aa03/pruebas-en-el-amparo · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo civil en revisión 936/40. Pérez Nazario. 22 de septiembre de 1942. Unanimidad de cinco votos. Ponente: Eduardo Vasconcelos.
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