LANZAMIENTO, CONTRAFIANZA EN CASO DE.
Si el acto reclamado en amparo, consiste en el lanzamiento de una persona, como arrendataria o el remate de sus bienes, y este acto ha sido suspendido, es procedente la admisión de la contrafianza, porque de llevarse a cabo los actos reclamados, no queda sin materia el amparo; de manera que si el Juez de Distrito deniega a la solicitud del promovente, sobre que se admita la contrafianza, es fundada la queja que se enderece contra su resolución denegatoria, y debe revocarse ésta.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/352787-590ce62e/lanzamiento-contrafianza-en-caso-de · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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