LANZAMIENTO, CONTRAFIANZA EN CASO DE.
Tratándose de lanzamiento, no debe admitirse el otorgamiento de contrafianza, ya que con su admisión resultarían afectados derechos del inquilino, no estimables en dinero, ocasionándosele perjuicios no sólo económicos, sino de orden moral, vejaciones y descrédito, que no serían reparables aunque obtuviera sentencia favorable en cuanto al fondo del amparo.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/339910-dcb3eada/lanzamiento-contrafianza-en-caso-de · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Queja en amparo civil 89/55. Vimbert viuda de Ortiz de Zárate Virginia. 1o. de agosto de 1955. Mayoría de cuatro votos. Disidente: Hilario Medina. Ponente: José Castro Castro Estrada.
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