NOTIFICACIONES POR ESTRADOS.
Si el informe de la autoridad responsable niega haber omitido la notificación de una sentencia, alegando que la hizo en la tabla de avisos del juzgado, y el quejoso sostiene a su vez, que no se le hizo tal notificación, entre tanto se aclara, al resolver el fondo del asunto, es procedente conceder la suspensión, respecto de los efectos de la sentencia que se dice no fue notificada.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/354025-4190e9dc/notificaciones-por-estrados · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo civil. Revisión del incidente de suspensión 7920/40. Pavón Aurora. 24 de febrero de 1941. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Carlos L. Angeles. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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