EXCEPCIONES, FALTA DE.
Si el demandado, al contestar la demanda no abarca el problema jurídico que se plantea, en toda su integridad, y olvida excepcionarse respecto a determinada acción ejercida en su contra, las consecuencias de su olvido sólo pueden perjudicarle y su omisión no puede darle derecho a alegar que se le ha coartado la defensa.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/354248-811169c9/excepciones-falta-de · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo civil directo 3757/40. Saenz Trápaga viuda de Meade Joaquina. 30 de noviembre de 1940. Unanimidad de cuatro votos. El Ministro Luis Brazdesch no asistió a la sesión por las razones que se expresan en el acta del día. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Jurisprudencia relacionada
- EXCEPCIONES. (s/clave)
- EXCEPCIONES. (s/clave)
- EXCEPCIONES (FALTA DE ACCION DEL DEMANDANTE). (s/clave)
- EXCEPCIONES, INEXISTENCIA DE LAS. (s/clave)
- EXCEPCIONES, INEXISTENCIA DE LAS. (s/clave)
- EXCEPCIONES. (s/clave)
¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis