APELACION EXTRAORDINARIA, LEGAL INTERPOSICION DE LA.
Desechada una apelación extraordinaria, porque no se ha exhibido la copia que previene la ley, si el quejoso está en tiempo, puede interponer de nuevo dicha apelación, llenando el requisito omitido en su promoción anterior, y como se trata de un nuevo escrito interponiendo tal recurso, cumpliendo con el requisito omitido en el primeramente intentado, no puede estimarse que la autoridad judicial ya ha calificado el grado, cuando tal calificación la hizo respecto del primer escrito en que se hizo valer el recurso citado.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/355490-a7fa04d4/apelacion-extraordinaria-legal-interposicion-de-la · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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