ABANDONO DE HOGAR COMO CAUSAL DE DIVORCIO.
No puede decirse que la causal de divorcio consistente en el abandono del hogar por mas de seis meses, haya caducado, por no haberse ejercitado la acción dentro de los seis meses siguientes a los del abandono, porque aun en ese caso estando caduca dicha acción, en cuanto a los seis primeros, no se diría lo mismo respecto a los seis segundos.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/355667-dae875d4/abandono-de-hogar-como-causal-de-divorcio · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo civil directo 454/38. Berndez y Bosch Graziella. 24 de agosto de 1939. Unanimidad de cuatro votos. El Ministro Luis Bazdresch no votó por las razones que se expresan en el acta del día. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Vease: Apéndice al Semanario Judicial de la Federación 1917-1985, Novena Parte, página 314, tesis 202, de rubro "DIVORCIO, ABANDONO DEL DOMICILIO CONYUGAL COMO CAUSAL DE.".
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