ARRENDAMIENTO, LEY APLICABLE AL (LEGISLACION DE VERACRUZ).
Aunque un arrendamiento se haya verificado con anterioridad a la vigente ley de inquilinato en Veracruz, ésta es la aplicable al contrato respectivo, por haber derogado la anterior, ya que es una ley de orden público, que en sus artículos transitorios no legisla más que respecto a procedimientos judiciales pendientes en el momento de su promulgación.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/355786-e9fa2d9a/arrendamiento-ley-aplicable-al-legislacion-de-veracruz · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo civil directo 6569/38. Carrillo viuda de Villa Guadalupe, sucesión de. 23 de septiembre de 1939. Unanimidad de cuatro votos. El Ministro Luis Bazdresch, no intervino en la discusión y votación de este negocio por las razones que se expresan en el acta del día. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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