EJECUCION DE SENTENCIA DE AMPARO, ESTUDIO DE LOS AGRAVIOS.
Si una ejecutoria de amparo no deja posibilidad alguna a la responsable, para que omita estudiar los agravios expresados por el quejoso, es indudable que hay defecto en el cumplimiento de la misma, si en la nueva sentencia que dicte, no analiza el fondo del problema, ni estudia los agravios hechos valer en segunda instancia.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/355791-7a852fc1/ejecucion-de-sentencia-de-amparo-estudio-de-los · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Queja en amparo civil 168/38. Malpica Elías. 23 de septiembre de 1939. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Luis Bazdresch. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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