APELACION. FALTA DE ESTUDIO DE AGRAVIOS.
Si la responsable no estudió convenientemente los agravios en lo que se refiere a las eximentes de culpabilidad alegadas, y omitió analizar sus elementos constitutivos en relación con las pruebas existentes y con las argumentaciones contenidas en el escrito de agravios, procede conceder al quejoso el amparo que solicita, para el único efecto de que la Sala responsable pronuncie nuevo fallo en que haga un análisis de las pruebas existentes y decida sobre la procedencia o improcedencia de las eximentes de culpabilidad planteadas así como de los demás agravios, resolviendo lo que sea procedente conforme a derecho.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/263439-b7181f0f/apelacion-falta-de-estudio-de-agravios · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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