AGRAVIOS EN LA APELACION. LA FALTA DE ESTUDIO DE TODOS ES INTRASCENDENTE SI DE LOS EXAMINADOS SE ADVIERTE LA FALTA DE COMPROBACION DE UN ELEMENTO DE LA ACCION.
Cuando la responsable considera que no se acreditó un elemento de la acción ejercitada, y ello no se desvirtúa, la omisión del examen de los restantes agravios, planteados en la apelación, es insuficiente para conceder el amparo, a efecto de que la autoridad los estudie, ya que en todo caso, al ocuparse de los mismos, aun cuando fueren fundados, serían insuficientes por falta de ese elemento para que pudiera obtener sentencia favorable el apelante, y así, por economía procesal, debe negarse desde luego la protección constitucional.
PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO DEL SEXTO CIRCUITO.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/220711-2b31f542/agravios-en-la-apelacion-la-falta-de-estudio · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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