DOCUMENTOS NO TIMBRADOS, VALOR PROBATORIO DE LOS.
La circunstancia de que el documento base de la acción, no esté debidamente timbrado, no implica que el mismo carezca de fuerza probatoria, pues tal infracción a la Ley del Timbre, sólo puede dar motivo para que la autoridad respectiva aplique a los omisos, la sanción fiscal correspondiente.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/356451-8bdea29f/documentos-no-timbrados-valor-probatorio-de-los · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo civil directo 4019/36. Alverde Nicolás y coag. 14 de julio de 1938. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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