REMATES, CERTIFICADO DE GRAVAMENES EN LOS.
Un certificado de gravámenes necesario para la procedencia del remate, surte sus efectos cuando no ha sido objetada su autenticidad y veracidad, y la circunstancia de no haber pedido aquél directamente el Juez, al registrador respectivo, no constituye una violación procesal que deje sin defensa al quejoso, ya que con el presentado por el actor y no objetado, se cumple con la finalidad de la ley, que no es otra que la de tener a la vista las constancias del Registro Público, relativas a los gravámenes que pesen sobre los bienes sujetos a remate, para los efectos que la misma ley determina.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/356570-25a50fba/remates-certificado-de-gravamenes-en-los · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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