Corpus
Modo: Corpus Pro

OBLIGACIONES, NATURALEZA DE LAS.

Clave: — · Registro digital (IUS): 356943 · Tipo: Tesis aislada
Época: 5a. Época · Instancia: Tercera Sala · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LV; Pág. 767

Las obligaciones son puras cuando no depende su cumplimiento de condición alguna, concepto que no es antitético del de las obligaciones a plazo, pues éstas pueden ser puras por no estar sujetas a condición alguna, ya que el plazo no es más que un lapso fijado para la realización del acto jurídico, que no puede conceptuarse como condición, pues por tal se entiende un acontecimiento futuro e incierto, del que depende el cumplimiento de la obligación contraída, y el plazo es un accidente, que necesaria y forzosamente debe realizarse.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/356943-1e84d7c7/obligaciones-naturaleza-de-las · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo civil directo 3628/36. Vázquez de Arredondo Carmen. 24 de enero de 1938. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.

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