POSESION, SUSPENSION TRATANDOSE DE.
Si se reclama en amparo la posesión de un predio, y aparece que aquélla ya se dio, se trata de un acto consumado y la suspensión debe negarse, y si se alegan vicios o anomalías que se hayan cometido durante la diligencia, como la falta de citación de los colindantes, debe examinarse al estudiar el fondo del negocio.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/356962-fde2f0ef/posesion-suspension-tratandose-de · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo civil. Revisión del incidente de suspensión 7141/37. Avendaño Serapio. 26 de enero de 1938. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: José Ortiz Tirado. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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