HIPOTECA, DERECHO DEL ACREEDOR EN CASO DE INSUFICIENCIA DEL DEUDOR.
Cuando el juicio hipotecario se dirige contra el deudor primitivo, en su calidad de poseedor del inmueble dado en garantía, y se exige el cumplimiento de la obligación principal, la procedencia de las acciones real y personal es evidente, y aunque aquélla se extinga con el remate de la finca hipotecada, puede el acreedor, en ejercicio de la acción personal respectiva, y del derecho que se deriva de la sentencia dictada a su favor, pedir que se requiera al deudor, y en su caso, se le embarguen bienes para cubrir el faltante de su crédito.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/357340-57533062/hipoteca-derecho-del-acreedor-en-caso-de-insuficiencia · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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