FACTURAS, VALOR PROBATORIO DE LAS.
Es verdad que la retención de las facturas por el vendedor, sólo constituye una presunción de que no ha sido cubierto el precio de la venta, pero también es verdad que, cuando no obran datos en contrario, debe aceptarse la presunción como suficiente para comprobar el hecho, pues resolver lo contrario, equivale a tanto como a no darle valor alguno a la prueba presuntiva.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/358128-d7a2c548/facturas-valor-probatorio-de-las · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo administrativo directo 7576/36. Verdasco Joaquín. 30 de marzo de 1937. Unanimidad de cinco votos. Relator: Agustín Gómez Campos.
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