REIVINDICACION Y NULIDAD, DIFERENCIA DE LAS.
La reivindicación y la nulidad constituyen dos acciones esencialmente distintas, pues mientras la primera supone el derecho de quien la ejercita, para recuperar una cosa que detenta otra persona, la segunda tiene por fin invalidar el acto jurídico consignado en un documento, por vicios, ya sea del mismo acto, o del instrumento o documento que lo contiene; por lo que la autoridad judicial no puede, al resolver sobre la procedencia de la acción reivindicatoria, ocuparse de la nulidad de los títulos presentados como base de la acción, cuando no fue ésta la intentada.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/358702-e7f83d64/reivindicacion-y-nulidad-diferencia-de-las · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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