INFORME CON JUSTIFICACION, PRUEBA DEL
No debe tenerse como cierto, a fin de resolver sobre la constitucionalidad o inconstitucionalidad del acto reclamado, lo que las autoridades responsables aseguren al rendir sus informes, sino sólo aquellos que quede demostrado con las constancias existentes en el expediente de donde emanen en acto que se reclama.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/358957-fb3b3612/informe-con-justificacion-prueba-del · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo civil en revisión 1226/32. López Erasto y coagraviado. 27 de febrero de 1936. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Abenamar Eboli paniagua. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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