DICTAMENES PERICIALES EXTEMPORANEOS.
Si un dictamen pericial se presenta cuando ya había fenecido el término probatorio que se concedió para el efecto, la autoridad correspondiente no tiene por qué tomarlo en consideración.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/359084-0ad2fbd2/dictamenes-periciales-extemporaneos · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 1704/33. Rueda Camacho Alejandro. 28 de marzo de 1936. Unanimidad de cinco votos. Relator: Alonso Aznar Mendoza.
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