DIVORCIO, INJURIAS GRAVES COMO CAUSAL DE.
Si la acción de divorcio se funda, en general, en malos tratamientos, consistentes en las manifestaciones hechas por el marido a diversas personas, de estimar deshonesta a su cónyuge, es indudable que éstas constituyen injurias graves, consideradas en su acepción usual, que es indudablemente a las que se refiere el legislador, aun cuando no en la definición técnica de las mismas injurias, como delito.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/359133-911bbc34/divorcio-injurias-graves-como-causal-de · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo civil directo 3463/33. Pimentel de Meléndez Marta. 8 de octubre de 1935. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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